Mediante el decreto 374 del 9 de abril de 2021 el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, Modifica el plazo para el pago de las cuotas de las declaraciones del impuesto sobre la renta y complementarios de las personas jurídicas clasificadas por ingresos como micro y pequeñas, de conformidad con lo previsto en los artículos 2.2.1.13.2.2. y 2.2.1.13.2.3. del Decreto 1074 de 2015.
Este decreto sólo modifica los plazos para el pago, el plazo para la declaración se mantiene de conformidad con el Decreto 1680 del 17 de diciembre de 2020.
Es decir que estos plazos aplican a personas jurídicas con planta de personal inferiores a 50 trabajadores y activos totales para el año 2020 inferiores a $4.389.015.000 ($877.803×5000)
Definición de Micro y pequeñas Empresas
Pequeña empresa:
a) Planta de personal entre once (11) y cincuenta (50) trabajadores, o
b) Activos totales por valor entre quinientos uno (501) y menos de cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes o,
Microempresa:
a) Planta de personal no superior a los diez (10) trabajadores o,
b) Activos totales excluida la vivienda por valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
PAGO PRIMERA CUOTA MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS
Si el último dígito es | Hasta el día |
1 | 9 de junio de 2021 |
2 | 10 de junio de 2021 |
3 | 11 de junio de 2021 |
4 | 15 de junio de 2021 |
5 | 16 de junio de 2021 |
6 | 17 de junio de 2021 |
7 | 18 de junio de 2021 |
8 | 21 de junio de 2021 |
9 | 22 de junio de 2021 |
0 | 23 de junio de 2021 |
PAGO SEGUNDA CUOTA MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS
Si el último dígito es | Hasta el día |
1 | 9 de noviembre de 2021 |
2 | 10 de noviembre de 2021 |
3 | 11 de noviembre de 2021 |
4 | 12 de noviembre de 2021 |
5 | 16 de noviembre de 2021 |
6 | 17 de noviembre de 2021 |
7 | 18 de noviembre de 2021 |
8 | 19 de noviembre de 2021 |
9 | 22 de noviembre de 2021 |
0 | 23 de noviembre de 2021 |