De conformidad con lo establecido en el artículo 1.6.1.2.15 del Decreto 1625 de 2016, y con el fin de garantizar la calidad y veracidad de la información contenida en el Registro Único Tributario, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales actualiza de oficio el registro, remplazando en la casilla 53 del Registro Único Tributario, la responsabilidad 12 – Ventas Régimen Simplificado por la 49- No Responsable de IVA.

Lo anterior, teniendo en cuenta lo estipulado en el artículo 18, Capítulo I, Título I de la Ley 1943 del 28 de diciembre de 2018, «Por la cual expiden normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se dictan otras disposiciones.”

Esto indica que las entidades que contratan con los no responsables de Iva (anteriores régimen simplicado) deben solicitar el rut actualizado para verificar que siguen cumpliendo con la condición.

Cordial saludo

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